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dc.contributor.authorFrançois Nestor Patrice
dc.date.accessioned2021-12-09T14:36:19Z
dc.date.available2021-12-09T14:36:19Z
dc.date.issued2019-06-30
dc.identifier.issn1794-600X
dc.identifier.urihttps://doi.org/10.25058/1794600X.998
dc.identifier.urihttps://repositorio.unicolmayor.edu.co/handle/unicolmayor/4013
dc.description.abstractLos trabajos de revisión realizados mediante la Ley Nº2016/007, fueron adelantados por la necesidad de adaptar la normatividad a los cambios sociales y asegurar el equilibrio entre la eficiencia y la garantía de los derechos individuales. A la luz de la evolución del mundo, las necesidades y exigencias de la sociedad requieren un Derecho penal modernizado que sea preciso, coherente y sencillo; sin embargo, los cambios hechos al texto son limitados. Podemos deplorar el hecho de que el artículo 80, referente a la minoría de edad, no haya sido incluido en la revisión del código. Es cómodo y hasta corriente afirmar que la delincuencia de los menores, muy a menudo, da lugar a un debate, en el mal sentido del término, donde los juicios no confrontados con la verdad. Si la delincuencia de menores no es un fenómeno nuevo, la situación actual es realmente preocupante, pues esta se ha masificado, es más violenta e involucra menores más jóvenes. Los menores delincuentes tienen a menudo personalidades frágiles, poco construidas: “delincuencia por ausencia de ser”. Sus víctimas son, en la mayoría de los casos, los propios menores. La justicia da “respuestas” a la delincuencia de menores, pero estas no tienen sentido ya que intervienen tarde y también porque educación y sanción están disociadas. Sin embargo, nuestro arsenal legislativo no es inexistente para sancionar a los menores o a quienes los utilizan, para ejercer una presión sobre los padres que no asumen su autoridad. Pero, al igual que en otras materias, las reglas no parecen elaboradas para ser utilizadas, pues cada uno escoge de la ley lo que le parece aceptable según sus propias concepciones. Existe un anacronismo entre las disposiciones del artículo 80 del Código Penal y la evolución actual de la delincuencia de menores. Estos cambios de mentalidad y comportamiento de los menores son a menudo inspirados o amplificados por las tecnologías de la información y comunicación.spa
dc.format.mimetypeapplication/pdffre
dc.language.isofrefre
dc.publisherUniversidad Colegio Mayor de Cundinamarca
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0fre
dc.sourcehttps://revistas.unicolmayor.edu.co/index.php/mjuridica/article/view/998fre
dc.titleEl tratamiento penal de la delincuencia juvenil: el cuestionable statu quo del legislador penal camerunesspa
dc.typeArtículo de revistaspa
dc.typeJournal Articleeng
dc.identifier.doi10.25058/1794600X.998
dc.relation.bitstreamhttps://revistas.unicolmayor.edu.co/index.php/mjuridica/article/download/998/1399
dc.relation.citationeditionNúm. 16 , Año 2019 : Enero - Junio
dc.relation.citationendpage112
dc.relation.citationissue16
dc.relation.citationstartpage97
dc.relation.citationvolume12
dc.relation.ispartofjournalMisión Jurídica
dc.rights.accessrightsinfo:eu-repo/semantics/openAccessfre
dc.type.coarhttp://purl.org/coar/resource_type/c_2df8fbb1fre
dc.type.coarversionhttp://purl.org/coar/version/c_970fb48d4fbd8a85fre
dc.type.contentTextfre
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dc.type.redcolhttp://purl.org/redcol/resource_type/ARTfre
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dc.rights.coarhttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2fre


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